Latorre y Asociados Abogados Penalistas

¿Buscas una Buena Representación ante Tribunales? ¿Necesitas Rebajar una medida cautelar? ¿Buscas Eliminar tus antecedentes penales? ¿Necesitas defender con Éxito tu proceso penal? ¿Buscas Asesoría para un traslado penitenciario?

Defendemos en Tribunales todos tus derechos del Proceso Penal

Ayudamos y asesoramos a quienes, por alguna razón, son denunciados y acusados en un procedimiento penal.

¡Si estás en esa situación, podemos y queremos ayudarte!.

Piensa Bien a Quien Delegar Tu Defensa

¿Por qué es Necesario contar con un Buen Abogado Penalista?

Los abogados penalistas son profesionales que se especializan en derecho penal y pueden ayudar a los clientes a proteger sus derechos y afrontar juicios relacionados con delitos graves como violación, abuso sexual, tráfico de drogas y delitos violentos. Además, un abogado defensor penal puede ayudar a los clientes a comprender el proceso legal y prepararse para el juicio, incluida la recopilación de pruebas y la contratación de expertos en el campo. Esto puede resultar útil si necesita una defensa sólida ante el tribunal.

Imagina estar frente a un juez durante la audiencia de formalización de la investigación, donde se discuten medidas cautelares que podrían determinar tu libertad mientras se lleva a cabo el proceso. O enfrentar un juicio oral ante el Tribunal Oral en lo Penal, defendiendo tus derechos y presentando argumentos sólidos para demostrar tu inocencia o mitigar las consecuencias legales. Estas situaciones requieren no solo un profundo entendimiento del derecho penal y procesal chileno, sino también habilidades estratégicas para enfrentar desafíos legales con determinación y confianza.

"Nos comprometemos a ser el escudo que protege los intereses y valores de quienes confían en nuestra representación legal."

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No Cualquier Abogado esta Calificado

¿Qué habilidades debe tener un Buen Abogado Penalista?

Un abogado penalista competente debe tener un profundo conocimiento del sistema legal chileno, especialmente en lo que respecta al derecho penal y procesal. Esto implica comprender en detalle las leyes, normativas y procedimientos relacionados con los delitos, las penas y los derechos procesales de los imputados. Un conocimiento sólido del marco legal es esencial para interpretar correctamente las leyes, identificar posibles defensas y tomar decisiones estratégicas durante el proceso judicial.

La capacidad de argumentar efectiva y persuasivamente es crucial en el ámbito penal. Un buen abogado penalista debe ser capaz de presentar argumentos sólidos y convincentes ante jueces, fiscales y jurados para defender los intereses de su cliente. Además, la habilidad para analizar pruebas de manera crítica permite evaluar la fuerza o debilidad de la evidencia presentada y desarrollar estrategias efectivas de defensa.

Un buen abogado debe ser hábil en la negociación con fiscales y jueces, además de mantener una comunicación clara y empática con sus clientes. Esta capacidad de escuchar y comprender las necesidades del cliente, junto con explicar de manera accesible cada paso del proceso legal, asegura un apoyo efectivo y una defensa más personalizada y comprometida.

La experiencia práctica en casos penales similares es fundamental. Un abogado con un historial comprobado de éxitos utiliza estrategias efectivas y bien probadas, aumentando significativamente las posibilidades de obtener resultados favorables para sus clientes en diversas etapas del proceso penal.

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Somos Latorre & Asociados Abogados Penalistas

Deja tu Defensa Penal en las manos Correctas

Tasa de Éxito en Juicios Penales
85%
Revisión Favorable de Medidas Cautelares
70%
Tasa de Éxito en Traslados Carcelarios
75%
Satisfacción del Cliente
92%

Nuestro Compromiso

«En nuestro estudio de abogados, nos esforzamos por proteger y defender los derechos de nuestros clientes, aplicando conocimientos profundos, experiencia práctica y una comunicación efectiva para lograr resultados favorables en casos penales.»

Nuestro Equipo Legal Apoyando Tu Proceso Penal

Comparecemos en los Tribunales de Justicia con Todo el Respaldo del Derecho

En Latorre & Asociados, nos dedicamos a la efectiva representación de los intereses de nuestros clientes en diversas comparecencias y audiencias ante los tribunales de justicia con competencia en materia penal. Nuestra experiencia abarca desde la defensa técnica especializada en audiencias de control de detención y formalización de la investigación, hasta la preparación y representación en juicios orales en los distintos procedimientos (Monitorio, Simplificado y Abreviado). Entendemos la importancia de cada etapa procesal y nos comprometemos a ofrecer una defensa robusta y bien fundamentada, adaptándonos a las necesidades específicas de cada caso para asegurar la mejor defensa posible. Tambien consideramos el acompañamiento y visitas a Fiscalia cuando corresponda.

Destacamos la comparecencia en Audiencias y que se celebren en sede de garantía durante el curso de un proceso penal, para la solicitud de abonos en causa primitiva y diversa para efectos de que el tiempo de cumplimiento de pena efectiva sea menor.

Velamos y Protegemos tus derechos civiles

Solicitamos la Revisión de Diversas Medidas Cautelares

Uno de los momentos clave dentro de un proceso penales la Audiencia de Revisión de Cautelares, donde se analizan las medidas cautelares adoptadas durante el curso del juicio y se evalúa su pertinencia y necesidad. Este tipos de solicitudes requieren un análisis detallado de la situación del imputado, la evaluación de los riesgos procesales y la presentación de argumentos sólidos ante el tribunal para justificar la modificación de las medidas cautelares existentes. En Latorre & Asociados contamos con un equipo de abogados penalista experimentados pueden proporcionar asesoramiento especializado y representación legal efectiva en estos procesos de revisión de medidas cautelares.

1. Solicitud de Revisión de Arrestos Domiciliarios y Cautelares Menos Gravosas

Solicitamos la flexibilización del arresto domiciliario y/o de condiciones menos gravosas, esto con el fin de permitir que los imputados puedan realizar diligencias personales esenciales, como citas médicas y trámites legales, así como obtener permisos para salidas nocturnas necesarias por motivos laborales o familiares. A través de una justificación bien documentada y argumentos sólidos, buscamos garantizar que estas revisiones no interfieran injustificadamente con la vida diaria del imputado, pero que se cumplan las disposiciones legales y se asegure la proporcionalidad de las medidas impuestas.

2. Solicitud de Revisión de Prisión Preventiva

La petición de revisión de prisión preventiva consiste en solicitar al tribunal la revisión y posible modificación de la medida cautelar de prisión preventiva impuesta a un imputado. Esta revisión puede ser solicitada en situaciones donde se presenten nuevos antecedentes o circunstancias que justifiquen la sustitución de la prisión preventiva por otra medida menos gravosa, como arresto domiciliario total o parcial, arraigo nacional u otras medidas alternativas.

3. Solicitud de Revisión de Cautelares de Arraigo Nacional

Trabajamos en solicitudes de revisión de la medida cautelar de arraigo nacional, negociando condiciones y permisos temporales para la salida del país por motivos esenciales, como tratamientos médicos, obligaciones laborales o asuntos familiares urgentes. Con una justificación sólida, aseguramos revisiones proporcionales y adecuadas, garantizando el cumplimiento legal y la movilidad internacional del imputado.

4. Solicitud de Revisión de Cautelares en Ley de Violencia Intrafamiliar (Ley 20.066)

Trabajamos en solicitudes de revisión de la medida cautelar de arraigo nacional, negociando condiciones y permisos temporales para la salida del país por motivos esenciales, como tratamientos médicos, obligaciones laborales o asuntos familiares urgentes. Con una justificación sólida, aseguramos revisiones proporcionales y adecuadas, garantizando el cumplimiento legal y la movilidad internacional del imputado.

Apoyando el bienestar de los internos

Asesoría Jurídica para Traslados Carcelarios

Con nuestra asesoría podrás aumentar las posibilidades de:

Mejoramiento de las condiciones generales de Reclusión

Mejorar la calidad de vida en un nuevo recinto carcelario que podría favorecer el respeto de los derechos fundamentales de los internos y su seguridad, protegiéndolos contra riesgos y proporcionando un entorno adecuado según sus necesidades individuales.

Traslado a Carceles cercanas a residencia familiar

El traslado carcelario posibilita que los internos estén más cerca de sus familias, lo que fortalece los vínculos afectivos, contribuye a su bienestar emocional y favorece su reabilitación y reinserción social.

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¿Eres Extranjero y buscas el Traslado a tu País de Origen?

El traslado trae como consecuencia la suspensión del cumplimiento de la pena en Chile. La condena continúa cumpliéndose en el país de origen de acuerdo a las normas del sistema penitenciario de ese país. El Estado trasladante, Chile, mantendrá jurisdicción exclusiva sobre la condena impuesta y cualquier otro procedimiento que disponga la revisión o modificación de las sentencias dictadas por sus tribunales. Evalua tu situación  con Nosotros

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Estamos Atentos a tu Llamado

¿Necesitas asesoría urgente de un abogado penalista?

Contactar con un Abogado Especialista Penal es lo primero y más importante que hay que hacer ante una urgencia penal

Aclaramos todas tus dudas

Preguntas Frecuentes

Son medidas restrictivas o privativas de la libertad personal o de disposición patrimonial del imputado, que decreta un tribunal con competencia penal a solicitud de parte interesada y siempre que concurran fundamentos que justifiquen su aplicación, se clasifican en medidas cautelares personales y reales según afecten la libertad personal o la libertad de disposición patrimonial o administración del imputado y dependiendo de la medida que se decrete,  tendrá por objeto asegurar los fines del procedimiento, velar por la seguridad de la sociedad o de la víctima y/o asegurar la existencia de bienes suficientes para una eventual reparación o indemnización a esta.

Entre las medidas cautelares personales podemos mencionar la citación, prisión preventiva, privación de libertad domiciliaria; sujeción a la vigilancia de una persona o institución; obligación de presentarse ante el juez o ante la autoridad que él designe; prohibición de salir del país; prohibición de asistir a determinadas reuniones, recintos o espectáculos públicos, o de visitar determinados lugares;  prohibición de comunicarse con personas determinadas; prohibición de acercarse al ofendido o su familia, en tanto se consideran medidas cautelares reales las precautorias autorizadas en el titulo V del Libro II del Código de Procedimiento Civil.

Es la audiencia ante el Juez de Garantía a la que es conducido dentro de 24 hrs. toda persona que es detenida, cuyo objeto es que el juez verifique la legalidad de la detención, es decir, que se ha dado cumplimiento a la obligación de informar los derechos al detenido y que se han respetado las leyes que establecen los derechos y garantías del detenido, dejando constancia de ello en los respectivos registros. A ella deben asistir el fiscal y el defensor.

Es aquella audiencia que se desarrolla ante el juez de garantía y que tiene por objeto conocer la o las acusaciones y eventuales acciones civiles deducidas en contra del imputado, y determinar las pruebas que serán rendidas u valoradas en el juicio oral. Esta audiencia culmina con la dictación de la resolución denominada «auto de apertura de juicio oral».

Es aquella audiencia que se desarrolla ante el juez de garantía o el tribunal oral en lo penal, en la se examina la concurrencia de los requisitos legales que hacen procedente la mantención o revocación de las medidas cautelares impuestas.

La formalización de la investigación es la comunicación que el fiscal efectúa al imputado, en presencia del Juez de Garantía, de que desarrolla actualmente una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados. Su comunicación produce una serie de efectos procesales entre los que destacan que da inicio al plazo de investigación, suspende el curso de la prescripción y el Ministerio Publico pierde la facultad de archivar provisionalmente la investigación.

 
 
 

Es un procedimiento que se realiza ante el Juez de Garantía a petición del fiscal cuando la pena requerida no excede de cinco años, para su procedencia es necesario que el imputado acepte los hechos materia de la acusación y los antecedentes en que se funda, como asimismo que manifieste su conformidad con la aplicación de este procedimiento.

Es la audiencia oral y pública prevista para el juzgamiento de quien ha sido acusado de uno o más delitos por el Ministerio Público, siempre que atendidas las características del caso no proceda su juzgamiento  conforme a las reglas del procedimiento simplificado o abreviado, se desarrolla ante un tribunal de juicio oral en lo penal, con la presencia, al menos, del fiscal del Ministerio Público, del imputado y de su defensor, y al término de ella, el Tribunal debe pronunciar su decisión de condena o absolución, pudiendo diferir sólo la redacción completa de la sentencia.

Procedimiento oral y público que se desarrolla ante el Juez de Garantía para el juzgamiento de quien ha sido objeto de un requerimiento por el Ministerio Público, respecto de hechos constitutivos de faltas penales o de simples delitos para los cuales se solicite una pena que no exceda de presidio o reclusión menor en su grado mínimo.

 
 
 

Es un derecho de la víctima de un delito frente a probables hostigamientos, amenazas o atentados en contra suya o de su familia. La Fiscalía está obligada a velar por la protección de la víctima del delito en todas las etapas del procedimiento penal, ya sea decretando o solicitando medidas de protección. En ciertos casos graves y calificados algunas de esas medidas pueden ser otorgadas a testigos y peritos.

 
 
 

Entre las medidas cautelares personales podemos mencionar:

  • Citación.
  • Prisión preventiva.
  • Privación de libertad domiciliaria.
  • Sujeción a la vigilancia de una persona o institución.
  • Obligación de presentarse ante el juez o ante la autoridad que él designe.
  • Prohibición de salir del país.
  • Prohibición de asistir a determinadas reuniones, recintos o espectáculos públicos, o de visitar determinados lugares.
  • Prohibición de comunicarse con personas determinadas.
  • Prohibición de acercarse a la víctima o su familia.

La diferencia recae en que las medidas de protección se basan en el derecho de la víctima de un delito frente a probables hostigamientos, amenazas o atentados en contra suya o de su familia. La Fiscalía está obligada a velar por la protección de la víctima del delito en todas las etapas del procedimiento penal, ya sea decretando o solicitando medidas de protección. En ciertos casos graves y calificados algunas de esas medidas pueden ser otorgadas a testigos y peritos.

Sí, puesto que la finalidad de algunas de estas medidas es precisamente garantizar la asistencia del imputado al juicio.

Estas son las siguientes:

  • Medidas cautelares personales
    • Citación
    • Detención
    • Prisión preventiva
    • Otras medidas cautelares personales establecidas en el artículo 155 del Código Procesal Penal:
      • Privación de libertad total o parcial domiciliaria.
      • Sujeción a vigilancia de una persona o institución determinada.
      • Arraigo nacional o local.
      • Prohibición de asistir a determinados lugares.
      • Prohibición de acercarse a ciertas personas.
      • Prohibición de acercarse al ofendido o su familia, en algunos casos obligación de abandonar  el hogar que comparten.
      • Prohibición de poseer, tener o portar armas de fuegos, municiones o cartuchos.
      • Obligación de abandonar un inmueble determinado.
  • Medidas cautelares reales (están contenidas en el Código de procedimiento civil):
    • El secuestro de algún objeto
    • Nombramiento de uno o más interventores
    • La retención de bienes determinados
    • Prohibición de celebrar actos o contratos sobre bienes determinados.

Los encargados de fiscalizar que se cumpla con las medidas cautelares impuestas son las policías (Carabineros y Policía de investigaciones), quienes deben informar al juzgado de garantía competente sobre su cumplimiento o no a través de oficios.

 

Es importante señalar que no se puede responder de manera absoluta a esta interrogante, ya que para poder determinar si son o no eficientes se deben realizar entre otros una serie de estudios al sistema procesal penal, análisis de las estadísticas respecto a si estas medidas han ayudado a asegurar los fines del procedimiento, si se ha garantizado a través de ellas la seguridad de la víctima, etc.

Por otro lado, si el análisis se realiza desde la perspectiva de la víctima, podría decir que  estas medidas son deficientes, pues no basta solo con que se decreten las medidas, sino que además es imperativo que hayan instituciones que puedas vigilar que se estén cumpliendo. En la práctica, no basta con que carabineros asista de manera esporádica a chequear que el imputado por ejemplo se encuentre en su domicilio (arresto domiciliario) o que no se acerque a la víctima (caso de medidas de alejamiento).

Finalmente si se miran estas medidas desde la perspectiva del imputado, resulta que en muchas ocasiones se decreta la medida cautelar más gravosa de todas (prisión preventiva) para evitar que el imputado se fugue y sin embargo resulta ser inocente.

Sin duda nuestra legislación debe avanzar a que las medidas cautelares garanticen de mejor manera la seguridad de la víctima y también establecer mecanismos que puedan asegurar al imputado no estar privado de libertad cuando en realidad sé es inocente.

El traslado es un procedimiento por medio del cual una persona extranjera puede solicitar ser transferida a su país de origen para cumplir una pena impuesta por tribunales de justicia de Chile.

El traslado al país de origen permite cumplir la pena cerca de la familia y de las personas con quienes se comparte el idioma, la cultura, las tradiciones y costumbres. Favorece el proceso de reinserción social. Permite preparar en mejores condiciones la futura interacción con la sociedad al momento de finalizar la condena.

Tener la nacionalidad de los países que mantienen tratado con Chile, o que son parte de la Convención Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero, o que son parte del Convenio de Estrasburgo sobre Traslado de Personas Condenadas.
›› Encontrarse privado/a de libertad en calidad de condenado/a; o cumpliendo condena del tipo, según el convenio o tratado que corresponda:
• Régimen de libertad condicional.
• Con una medida de seguridad impuesta en razón de un delito.
• Régimen de libertad vigilada.
• Condena de ejecución condicional.
• Otras formas de supervisión sin detención.

›› La sentencia condenatoria debe estar firme o ejecutoriada, es decir no debe existir un recurso pendiente que pueda modificarla.
›› Al momento de presentar la solicitud deben faltar a lo menos seis meses para el cumplimiento total de la pena.
›› No tener otras causas vigentes en Chile.
›› Manifestar expresamente la voluntad de Traslado al país de origen. En caso de incapacidad el representante legal debe otorgar el consentimiento.

Un equipo de Abogados Especialistas esta disponible para atender tu caso. Completa los datos a continuación.

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